A través de un Pronunciamiento publicado en medios de comunicación y redes sociales, la CNDH indicó que dicho Acuerdo es insuficiente respecto a la determinación del contenido de los términos: “extraordinaria”, “fiscalizada” “subordinada” y “complementaria”, con lo que se falta al principio de la certeza jurídica, pues no se tiene claridad sobre los supuestos en los cuales cabría su actuación.