EL DERECHO A LA EDUCACIÓN

El derecho que tienen las personas a recibir educación se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada el 10 de diciembre de 1948, por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, Francia.

En su Artículo 26, la Declaración señala que:

Toda persona tiene derecho a la educación, misma que deberá ser gratuita, al menos en lo que corresponde a la instrucción elemental y fundamental.

La instrucción elemental será obligatoria; la instrucción técnica y profesional será generalizada, mientras que el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

El mencionado Artículo establece que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

Por otro lado, el derecho a la educación para las personas que viven en nuestro país se encuentra garantizado en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual indica que “toda persona tiene derecho a la educación” y el Estado –integrado por la Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior”.

Asimismo, la educación básica, conformada por educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia. Además de que la educación básica y la media superior deben ser obligatorias.

 

Al igual que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el texto constitucional mexicano señala que la educación “se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva”. Además de que “tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje”.

La Constitución mandata que el Estado priorice el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.

También considera que la educación debe contribuir a “la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la naturaleza, la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de las familias, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos”.

Será intercultural, al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social.

Y será equitativa, para lo cual el Estado implementará medidas que favorezcan el ejercicio pleno del derecho a la educación de las personas y combatan las desigualdades socioeconómicas, regionales y de género en el acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos.

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