CNDH DARÁ SEGUIMIENTO A ACTUACIÓN DE FUERZAS

Luego de que el pasado 11 de mayo del presente año fuera publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) anunció que dará seguimiento a esta labor, de acuerdo con su carácter de organismo constitucional autónomo, y conforme al mandato de proteger, observar, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.


A través de un Pronunciamiento publicado en medios de comunicación y redes sociales, la CNDH indicó que dicho Acuerdo es insuficiente respecto a la determinación del contenido de los términos: “extraordinaria”, “fiscalizada” “subordinada” y “complementaria”, con lo que se falta al principio de la certeza jurídica, pues no se tiene claridad sobre los supuestos en los cuales cabría su actuación. 

La CNDH recordó que, ni en el artículo Quinto transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional, así como tampoco en la Ley del Uso de la Fuerza, ni en la Ley de la Guardia Nacional, se establece, claramente, qué se debe entender respecto a los términos: “extraordinaria”, “fiscalizada” y “subordinada”, configurando una indefinición jurídica con graves riesgos para el respeto y garantía de los derechos humanos, lo que para este Organismo Nacional resulta preocupante, pues podría establecerse un esquema permanente de participación de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública, hecho que es contrario a nuestra Constitución y dentro de ella, a las obligaciones internacionales que tiene el Estado mexicano en la materia.


Si bien esta Institución reconoce los esfuerzos desplegados en los últimos dos años, manifiesta su preocupación por la adecuada y suficiente formación de las Fuerzas Armadas en materia de respeto y protección de los derechos humanos. No basta con una declaración o una afirmación de buena fe con respecto a la obligación de dar cumplimiento al artículo 1° constitucional, porque es indispensable tener la certeza de su capacitación en la materia para responder adecuadamente a las situaciones concretas en las que deben intervenir.


Para saber más…
-    https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-05/Pronunciamiento-Fuerzas-Armadas.pdf