¿EN QUÉ CONSISTE EL DELITO DE TORTURA?
Un cliché bastante socorrido en el cine y la televisión es aquel donde los agentes del orden someten a un delincuente y lo conducen a un cuarto oscuro, generalmente un sótano, que contiene apenas una lámpara para iluminar una mesa con una silla en la que se coloca al individuo en cuestión para proceder al interrogatorio y que confiese sus fechorías. Pero si éste no tiene la mínima intención de “cooperar con la justicia”, entonces comienzan las amenazas de dañar a sus seres queridos, acusarlo de otros ilícitos o, de plano, golpearlo para que “cante”.
Dicha práctica, que muchas personas quisieran que fuera producto de la ciencia-ficción o de la imaginación de algún guionista creativo, desafortunadamente se presenta con relativa frecuencia en la vida diaria, sobre todo porque algunos servidores públicos aún no han incorporado el respeto a los derechos de las personas como parte de su desempeño profesional.
Justamente, una de las luchas históricas en la defensa de los derechos humanos, a nivel mundial, ha sido erradicar la práctica de la tortura y los tratos, crueles, inhumanos y degradantes que vulneran la dignidad de las personas. Desafortunadamente, México no ha sido ajeno a estas prácticas pues se tienen registros que hablan sobre los excesos que cometieron, durante las décadas de los setenta y ochenta del siglo pasado, fuerzas del orden en su combate a la delincuencia, entre los que sobresalen las tristemente célebres “calentaditas”, “toques eléctricos”, “tehuacanazos”, el sometimiento a posiciones forzadas y amenazas que causaron severos daños psicológicos.
Gracias al trabajo de sobrevivientes y familiares de personas que han sido víctimas de estas deleznables conductas, así como a la incansable labor de organizaciones civiles y organismos públicos de defensa de los derechos humanos, se ha tomado conciencia sobre la necesidad de eliminar cualquier tipo de práctica que atente contra la integridad de las personas y, de hecho, actualmente se cuenta con la LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES.
De este modo, comete un acto de tortura aquel servidor público que, con el fin de obtener información criminal, como medio intimidatorio, castigo personal, medio de coacción, medida preventiva, o por razones basadas en discriminación o cualquier fin cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona; comenta una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, y realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo.
De esta forma, ninguna persona tiene derecho de torturar a otro ser humano y “no se puede justificar ni en circunstancias tales como urgencia en las investigaciones, estado de guerra, amenaza de guerra, estado de sitio o de emergencia, conmoción o conflicto interior, suspensión de garantías constitucionales, la inestabilidad política interna u otras emergencias o calamidades públicas. Tampoco podrá invocarse como justificación la orden de un superior jerárquico o de cualquier otra autoridad” .
Por ello, es necesario que tanto autoridades como sociedad redoblen esfuerzos para inhibir cualquier intento de menoscabar la dignidad humana. Afortunadamente existen instituciones para denunciar actos de tortura como la CNDH, Institución del Estado Mexicano que cuenta con el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, -integrado por profesionales del Derecho, Medicina, Psicología, Criminología, Psiquiatría y Educación- que tiene entre sus principales funciones realizar visitas a lugares de privación de la libertad y centros de internamiento como cárceles y hospitales psiquiátricos para prevenir situaciones que pudieran derivar en tortura o actos crueles, inhumanos o degradantes.
Para saber más…
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-07/Tortura-Maltrato-Folleto-2.pdf
https://www.cndh.org.mx/programa/37/mecanismo-nacional-de-prevencion-de-la-tortura
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/100180/021_Tortura.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPIST_260617.pdf